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Derecho

ADECES denuncia la regulación del modelo de acceso a determinados cuerpos de la administración de justicia

Madrid
26 febrero 2010

El concurso oposición prima a los interinos y perjudica al resto de ciudadanos

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ADECES (Asociación Pro Derechos Civiles Económicos y Sociales) se ha dirigido al Ministerio de Política Territorial (antes Administraciones Públicas) y al Ministerio de Justicia para denunciar la posibilidad, aunque sea excepcional,  que recoge el Reglamento de Ingreso a la Administración de Justicia de que el acceso a los cuerpos de Gestión Procesal, de Tramitación Procesal y de Auxilio Judicial se realice mediante concurso oposición, en detrimento del sistema de oposición, modelo respetuoso con el principio de igualdad. La asociación reclama al Ministro de Justicia que el Reglamento de Ingreso elimine esta mención y proclame, con carácter único la oposición como sistema de acceso para ingresar en cualquiera de los tres cuerpos citados de la Administración de justicia.

Precisamente el concurso oposición es el sistema empleado en las dos últimas convocatorias a estos cuerpos, en la última de las cuales se acumulaba una oferta de 3173 plazas. Pero nada impide que en el futuro este sistema excepcional vuelva a ser empleado como método selectivo.  Entre un 30% y un 50% de los presentados a las pruebas tienen algún tipo de puntuación por interinidad, pudiendo llegar a alcanzar hasta 20 puntos si la hubiesen cursado en la Administración de Justicia.

Para ADECES, el concurso oposición como modelo de acceso, tiende a primar al personal interino al servicio de las administraciones públicas, ya que le otorga puntos que computarán en la fase de concurso, más todavía si el desempeño de dicha interinidad se realiza en el servicio para el que se ha realizado la convocatoria de la oferta de empleo público. Todo ello, en perjuicio de la mayoría de ciudadanos que pretenden acceder a un cuerpo de la Administración. 

En efecto, el personal interino ya juega con la ventaja en la fase de oposición (examen) de la experiencia adquirida desempeñando un puesto de trabajo relacionado con la convocatoria de empleo, lo que le permite, a priori contar con un mayor conocimiento que el resto de candidatos. Pero, además, en la fase de valoración de méritos (concurso) los puntos obtenidos por el tiempo al servicio de la administración le permitirán mejorar su posición en la puntuación final, desplazando o excluyendo a otros de las plazas que habían ganado en la fase de oposición.

En realidad, según ADECES, el tiempo trabajado, más que computar en la fase de concurso como un mérito debería considerarse como un “demérito”, porque evidencia su falta de aprovechamiento en la adquisición de conocimientos durante el período de interinidad y la imposibilidad de alcanzar una plaza compitiendo en igualdad de condiciones con el resto de ciudadanos que concurren a la convocatoria.

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